El personal de la Policía Nacional que preste servicios extaordinarios de manera voluntaria —encontrándose de vacaciones, permiso o franco— tiene derecho a percibir S/13.23 por hora, independientemente de la remuneración que les corresponda.
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Así lo estableció el Decreto Supremo N° 152-2017-EF del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
Cabe señalar que esta “entrega económica” no tiene carácter remunerativo ni pensionable. Tampoco está sujeta a cargas sociales y no constituye base de cálculo para los beneficios sociales.
Además, se deberá firmar un convenio entre la Policía Nacional y la entidad que quiera contar con los servicios de los efectivos del orden, de modo que no se podrá contratar en forma directa al personal policial.
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— Diario Perú21 (@peru21noticias) 25 de mayo de 2017
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