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Pago de utilidades

Las empresas que se encuentren dentro del régimen general, con más de 20 trabajadores el año pasado, deben realizar el pago de las utilidades en un periodo no mayor a los 30 días naturales a partir del vencimiento del plazo para presentar la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del periodo 2015 (en el cronograma de Sunat es entre el 23 de marzo y el 7 de abril del 2016), según lo informado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Entre marzo y abril los trabajadores que están en planillas tienen derecho a recibir utilidades por las ganancias que generó su empresa en 2013.

En febrero, los agentes económicos elevaron a S/.2.55 su expectativa para el tipo de cambio en 2013, según una encuesta del Banco Central de Reserva (BCR).

José Carlos Reyes,Mis.Finanzas jreyes@peru21.com

José Carlos Reyes,Mis.Finanzas jreyes@peru21.com