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Elecciones 2014: JNE aprueba padrón electoral para comicios

Un total de 21 millones 301,881 electores peruanos acudirán a las urnas para elegir a las nuevas autoridades regionales y municipales.

JNE aprueba padrón electoral para comicios regionales y municipales. (Andina)
JNE aprueba padrón electoral para comicios regionales y municipales. (Andina)

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el uso del padrón electoral remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para los comicios regionales y municipales 2014, previstos para el próximo domingo 5 de octubre.

Acudirán a las urnas en dicha jornada 21 millones 301,881 electores con domicilio dentro de la República para dar con su voto un nuevo mandato a autoridades de 25 gobiernos regionales, 195 concejos provinciales y 1,647 concejos distritales que asumirán funciones el 1 de enero de 2015.

De igual forma, participarán en las elecciones municipales 24 ciudadanos extranjeros con residencia continua en el país desde el 5 de octubre del 2012, que se han inscrito en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú.

La aprobación de este padrón electoral a cargo del Reniec pasó un proceso de verificación y depuración final a partir del 13 de junio pasado, cuando el ente registral entregó la lista inicial de electores.

Entre el 7 y 16 de julio, la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE elaboró 9,271 actas de constatación domiciliaria en las que se consignaron observaciones de ciudadanos con expresiones como “no reside en el domicilio verificado” o “la dirección domiciliaria no existe” para que el Reniec actualice y depure el padrón de acuerdo con sus atribuciones.

Se informó que en las actas de constatación de los fiscalizadores del JNE se detectó que 21 ciudadanos no figuraban en el padrón electoral porque 19 habían cambiado su domicilio desde el extranjero y dos habían fallecido, 863 se mantenían en el distrito donde se realizó la constatación y 8,387 figuraban en un distrito diferente.

En estos casos, el cambio domiciliario no se ha hecho efectivo, por lo que se mantendrá el anterior lugar de votación del ciudadano.

Sobre esta base, el pleno del JNE aprobó el padrón electoral alcanzado en un segundo envío por el Reniec el 7 de julio, dentro del plazo de 10 días que fija el artículo 201 de la Ley Orgánica de Elecciones.

Cumplido este importante proceso, el JNE procederá a remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) los medios técnicos entregados por el Reniec del padrón electoral aprobado para la preparación del material de sufragio y la designación de los miembros de mesa.


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