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Opinión

No hagas a otro lo que no quieres que te hagan a ti es una máxima de la ética que se rompe siempre que se filtra una foto íntima de alguna figura más o menos pública. En ese momento, dicho personaje pareciera perder su calidad de ser humano y, para medios de comunicación e internautas, pasa a ser un objeto que hay que compartir y viralizar en nombre del morbo.

Es importante recordar que el Código Penal proscribe la violación de la intimidad personal a través de, entre otros medios, imágenes con pena privativa de libertad no mayor de dos años. Esta sanción se dirige a quien realiza el acto violatorio y no a quienes lo difunden.

Sin embargo, el Código Civil señala de manera general que “la intimidad de la vida personal y familiar no puede ser puesta de manifiesto sin el asentimiento de la persona”. Los medios de comunicación y demás plataformas digitales podrían verse comprometidos, pues al reproducir las imágenes exponen la intimidad de estas personas, en su mayoría mujeres. La difusión de un hecho noticioso no tiene por qué violar un derecho humano.


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