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Nueva ley endurece sanciones contra sicarios juveniles

También se sancionará los robos al paso y la invasión de tierras con penas de cárcel. Así como por marcaje, acopio y entrega de información.

‘Hormiguita’, de 13 años, es uno de los sicarios más jóvenes del país. (Difusión)
‘Hormiguita’, de 13 años, es uno de los sicarios más jóvenes del país. (Difusión)

El Ejecutivo publicó hoy en el boletín de normas del diario oficial El Peruano la Ley Nº 30076, que establece sanciones duras contra los sicarios juveniles, cárcel efectiva contra los reincidentes en robos, entre otras medidas para combatir la creciente inseguridad ciudadana en el país.

La norma modifica diversos artículos del Código Penal, del Código Procesal Penal, del Código de Ejecución Penal, del Código de los Niños y Adolescentes, y *crea Registros y Protocolos.

En dicha ley se establece un castigo drástico a sicarios y otros delincuentes que, amparándose en su edad (18 a 21 años), acceden beneficios carcelarios.

SANCIONAN ROBO AL PASO
Además, se establece que las infracciones menores como el “robo al paso” serán sancionados como delito y no como faltas, en los casos de reincidentes o habituales.

También se penaliza las nuevas modalidades del delito de marcaje, como el acopio o entrega de información, vigilancia o seguimiento o colaboración mediante el uso de armas, vehículos, teléfonos entre otros medios.

El delito se agrava cuando el sujeto es servidor o funcionario público, o con vínculo laboral con la víctima o trabaje en empresas del sistema financiero, entre otros.

SE FORTALECE ROL DE LA POLICÍA
La norma fortalece el rol de la Policía Nacional en la persecución del delito, mediante un conjunto de reformas en la fase de investigación, con el fin de fortalecer la acción conjunta con los fiscales.

Otro aspecto relevante, son las nuevas modalidades en materia de inhabilitación contra quienes cometan crímenes.

De esta manera, se declara la incapacidad definitiva para obtener licencia de conducir cualquier tipo de vehículo o para portar armas de fuego, la restricción de elección del derecho de residencia o de aproximarse o comunicarse con las víctimas o de visitar internos en penales.

Con el fin de mejorar la persecución penal, se sancionará a los abogados que utilicen mecanismos dilatorios y a los fiscales que no cumplan oportunamente con sus deberes funcionales.

Igualmente, se establece la valoración de la espontaneidad en la confesión sincera y del peligro de fuga, tomando en cuenta si el imputado forma parte de una organización criminal, entre otras razones.

INVASIÓN DE TIERRAS SERÁ SANCIONADA
Asimismo, se fija un nuevo marco sancionatorio de los delitos de usurpación, para proteger la propiedad frente a las invasiones, y sancionar de manera efectiva a quienes, por medio de violencia o clandestinidad, toman posesión ilícita de bienes ajenos.

Respecto a los bienes del Estado o cuando se afecte la libre circulación en vías de comunicación, entre otras causales, se incrementarán las penas. Además, los desalojos se producirán en un plazo de 72 horas.

SEGURIDAD VIAL
La norma contiene cambios sustanciales a favor de la seguridad vial, al disponerse el pago efectivo de multas de tránsito, con la modificación de la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva.

Con esta ley ya no se podrá suspender las medidas coactivas para el cobro efectivo de multas de tránsito, con lo que ya no habrá transportistas con 80, 120 o hasta 200 multas impagas.


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