Katherine Maza
El ingeniero Guido Valdivia, director ejecutivo de la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco), comentó que es positiva la medida aprobada que permite a los afiliados destinar parte de su fondo a la AFP para la adquisición de una vivienda.
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Indicó que la ley ayuda a los potenciales demandantes de vivienda a acceder a créditos hipotecarios. Además, podrán incrementar la cuota inicial y reducir el monto de las cuotas mensuales por pagar. Esto, a su vez, reduciría las deudas inmobiliarias y la morosidad.
Sobre las limitaciones de la norma, resaltó que solo el 15% de la población económicamente activa (PEA) aporta al sistema privado de pensiones (SPP). Con ello, la gran mayoría de hogares que conforma la demanda potencial de viviendas no se verá beneficiada. “Para ellos, es imprescindible seguir impulsando los mecanismos de ahorro programado y de subsidio directo habitacional”, agregó.
LEY APROBADA
El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que destina el 4.5% de los fondos de las AFP a Essalud, luego de que el afiliado decide retirar el 95.5% de su fondo o cualquier monto menor al cumplir 65 años. Los jubilados bajo la modalidad de retiro programado y régimen especial de jubilación anticipada, también podrán acceder al retiro.
Asimismo, los afiliados de cualquier edad podrán retirar hasta el 25% de lo acumulado en su cuenta individual de capitalización (CIC) para la adquisición de un primer inmueble o la amortización de un crédito hipotecario vigente.
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Por su parte, Pedro Cateriano, presidente del Consejo de Ministros, criticó la aprobación de la norma y comentó que esta desnaturaliza el sistema privado de pensiones. “Es loable que el Congreso promueva el acceso a vivienda propia, pero las AFP se crearon para pagar pensiones, y no para garantizar créditos hipotecarios”, opinó mediante Twitter.
TENGA EN CUENTA
- El 4.5% del fondo debe ser retenido y transferido por la AFP en un periodo máximo de 30 días. Ello garantizará el acceso al servicio de seguridad social.
- El presidente Ollanta Humala tiene 15 días útiles para aprobar u observar la ley, luego de que el Congreso le envié la autógrafa de la misma.
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