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Neutralidad de la Red: ¿De qué se trata y cómo nos afecta a todos los peruanos?

Contribuyentes por Respeto analiza propuesta que impone un control previo a los operadores de telecomunicaciones.

Operadoras que ofrecen redes sociales gratuitas se verán afectadas. (USI)
Operadoras que ofrecen redes sociales gratuitas se verán afectadas. (USI)

Las operadoras de telecomunicaciones suelen ofrecer servicios gratuitos u otras ventajas para atraernos a sus redes. Internet no es la excepción. Por ejemplo, más de una operadora nos ofrece actualmente WhatsApp o Facebook gratuito (el tráfico usado no es descontado del paquete de datos). ¿Es esto un problema para los consumidores?

Para los promotores de la llamada Neutralidad de Red (NdR), entre los que se encuentra Osiptel, al ofrecerse gratis una aplicación o servicio se está favoreciendo “injustamente” a sus proveedores: si Facebook es gratuito para los usuarios de Movistar o Claro, quienes tengan un celular con esas compañías usarán menos otras redes sociales.

Lo mismo puede pasar, por ejemplo, si una empresa que vende productos en Internet, como Amazon, hace un pago mayor a cambio de un tráfico preferencial, para evitar interrupciones en las compras en su portal. Los proponentes de la NdR dirían que esto discrimina a los portales que no tienen la misma velocidad de navegación o ancho de banda. La regulación de la NdR podría prohibir este tipo de conductas, entendiéndolas como medidas de gestión de red “arbitrarias” o “discriminatorias”.

¿SENTENCIA PREVIA?
Osiptel acaba de publicar un proyecto de reglamento de NdR, que define como “arbitraria” cualquier medida que implique la gestión de ancho de banda, el bloqueo o filtro de aplicaciones, lo cual quedaría prohibido.

Además, establece un procedimiento para aprobar otro tipo de medidas como gestionar las direcciones IP o hacer diferenciaciones por diseño comercial del producto.

Bajo estas calificaciones, prácticas que podrían ser eficientes, como brindar un mayor ancho de banda o rutas preferenciales a empresas que paguen por ello, u ofrecer servicios gratuitos a los consumidores, podrían quedar prohibidos, sin demostrarse que generan daño a la competencia.

En Contribuyentes por Respeto creemos que no hay justificación para regular las ofertas o tratos preferenciales que pueden ofrecernos a los consumidores.

Existen muchos escenarios en los que el tratamiento preferencial de aplicaciones o contenidos sería eficiente y justo. Por ejemplo, una empresa de streaming que paga por tener un tráfico más veloz o que no se interrumpa, o una empresa operadora que otorgue tráfico preferencial a un grupo de doctores en la sierra que realiza una operación con apoyo desde Lima vía Skype.

Un sector muy dinámico como Internet perdería competitividad, ya que muchas iniciativas y ofertas podrían prohibirse o demorarse hasta 60 días hábiles en ser aprobadas, burocratizando prácticas que, en su mayoría, favorecen a los consumidores y proveedores de aplicaciones y servicios.

Lo mejor sería vigilar la competencia mediante las leyes de libre competencia y solo sancionar a un operador de red allí donde se compruebe que una conducta ha tenido efectos negativos para el consumidor.

De hecho, el propio Osiptel ya ha sancionado casos de discriminación comercial cuando afectaba la competencia, como en Red Científica Peruana vs. Telefónica (1998).


SABÍA QUE

  • El proyecto de reglamento de NdR ha sido publicado por Osiptel en su página web y en el diario oficial El Peruano. Los interesados tienen hasta el 9 de octubre para presentar comentarios. La versión final debería estar publicada antes de fin de año.
  • Mientras más competencia haya entre redes de operadores, los consumidores y los proveedores de aplicaciones y contenidos basados en Internet podrán escoger al operador que mejor administre su red. Los servicios gratuitos o tarifas preferenciales reflejan mayor competitividad, lo que podría perder dinamismo en los próximos meses.

Por Mario Zúñiga/Andrés Calderón *

*Este informe fue elaborado por la Asociación Contribuyentes por Respeto.


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