El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) consideró como “un peligroso precedente” el fallo emitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que liberó de culpa a la administradora de un bar acusada de trata de personas Madre de Dios.
La dueña del local, Elsa Cjuno, llevó a una menor de 14 años desde Tambopata hasta Manuani, en Mazuko. Fue procesada y posteriormente absuelta* por la Corte presidida por Javier Villa Stein.
La decisión, según el fallo, radica en que no se considera un caso de explotación porque la menor de 14 años “no se agotó”, a pesar de que trabajó como dama de compañía todos los días y por más de 12 horas, siendo obligada a< trabajar, además, a consumir bebidas alcohólicas.
Esto dijo el MIMP mediante un comunicado:
“Como es lógico, ningún tratante advertirá a su víctima sobre sus intenciones, por lo que esa exigencia no razonable del fallo relativiza el delito. Es un precedente de impunidad en hechos similares y posteriores en los cuales los y las tratantes no tendrían ningún tipo de sanción, desprotegiendo así a las niñas, niños y adolescentes de nuestro país”.
El ministerio, presidido por Ana María Romero-Lozada, indicó que este tipo de sentencias que “contienen elementos vulneratorios de derechos fundamentales” deben revisarse. Por tanto, se encuentran evaluando las acciones correspondientes al mismo tiempo que brindará apoyo y asesoría legal a la agraviada en resguardo de sus derechos.
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