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Contribuyentes no pueden usar el 41% de sus ingresos

La libre disponibilidad del dinero que el ciudadano percibe empieza el 29 de mayo.

Contribuyentes no pueden usar el 41% de sus ingresos. (USI)
Contribuyentes no pueden usar el 41% de sus ingresos. (USI)

Entre marzo y abril de cada año, muchos presupuestos se ven desbalanceados. Los contribuyentes tenemos que pagar el Impuesto a la Renta del año anterior. El momento es propicio para estimar cuánto de nuestros ingresos anuales realmente son de libre disposición y qué porcentaje se encuentra restringido. Para ello, en Contribuyentes por Respeto (CpR) hemos desarrollado el Índice de Libertad del Contribuyente (ILC), el cual será actualizado año a año.

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Los resultados de nuestra primera estimación están lejos del 16% de presión tributaria del que habitualmente habla el gobierno, y más bien se aproxima a un 41% de ingresos restringidos; lo cual se destina a cubrir costos burocráticos, redistribuir ingresos a otros y sostener servicios no elegidos o no utilizados.

Para realizar estas estimaciones, previamente definimos al contribuyente promedio. Se trata de una persona con trabajo formal, dependiente o independiente, que paga contribuciones (Essalud y sistema previsional) e impuestos.

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Además, tiene ciertos patrones de ingresos, gastos, pagos de impuestos, deducciones, etc., propios de un peruano promedio. Para este ciudadano-contribuyente, determinaremos cuánto se le detrae para financiar costos burocráticos, políticas redistributivas y servicios no elegidos o no utilizados.

Sobre la base de este estándar, determinamos que el ciudadano-contribuyente debe pagar de Impuesto a la Renta 11.9% del ingreso bruto mensual, y de IGV e ISC 11.1%. Además de ello, tiene que contribuir con 9% a Essalud y aportar 7.5% al sistema previsional. Asimismo, tiene la obligación de pagar mensualmente por concepto de predios y arbitrios 1.1%, y debido a la inflación, su poder adquisitivo disminuye mensualmente en 0.25%.

Como puede observarse, los recursos destinados a Essalud y al sistema previsional son considerados “ingresos restringidos”. Ello por las siguentes razones:

1. Son servicios que no hemos elegido.

2. En muchos casos son servicios que no utilizamos. Según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por ejemplo, siete de cada diez que aportan a la ONP no recibirán pensión, y muchos de quienes tienen acceso a Essalud toman un seguro privado o contratan extras en su entidad prestadora de salud (EPS) para no utilizar Essalud.

3. No se otorgan válvulas de escape a los contribuyentes, a fin de que frente a eventualidades, como una enfermedad propia o de un familiar, puedan usar sus fondos en el sistema previsional.

4. Se trata de mercados con barreras de entrada, pues, por ejemplo, solo las AFP pueden prestar servicios previsionales cuando esto también podría ser realizado por bancos y cajas, a fin de que haya más competencia.

Como mencionábamos, nuestras estimaciones nos llevan a concluir que casi el 41% del ingreso de nuestro contribuyente promedio se encuentra restringido. Así, solo el 59% de los ingresos de nuestros contribuyentes es de libre disposición. Expresada en términos temporales, la libertad del contribuyente recién empieza el 29 de mayo. Es decir, goza solo de 7 meses de libre disposición.

Esta iniciativa de CpR busca empoderar al contribuyente para que ejerza su derecho a controlar la calidad y cantidad del gasto público, así como promover políticas que le otorguen más libertad sobre sus ingresos.

Finalmente, debe tenerse presente que si bien solo el 12% de la población económicamente activa formal paga impuestos y contribuciones, es decir, calza en la definición de contribuyente utilizada en el ILC, las políticas públicas que sostienen estos pagos resultan decisivas para atraer o ahuyentar más personas hacia la formalidad, lo cual es clave para nuestra economía.

SABÍAS QUE

  • Presión tributaria
    Es el monto de ingresos que las familias y empresas privadas aportan al Estado en forma de impuestos. Se considera el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a la Venta (IGV), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y aranceles.
  • Contribuyente promedio
    Es aquel trabajador que pertenece a la población económicamente activa (PEA) formal y que paga impuestos tales como renta, IGV, ISC y arbitrios municipales. En cambio, para ser considerado “formal” según los criterios del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), los trabajadores solo tienen que cumplir con realizar los aportes a Essalud y al sistema previsional –ya sea a una Administradora Privada de los Fondo de Pensiones (AFP) o a la Oficina de Normalización Previsional (ONP)–.

Por Fernando Cáceres – Contribuyentes por Respeto


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