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Osiptel prohíbe el uso del término 4G a operadoras de telefonía móvil

Organismo supervisor indicó que medida evitará que usuarios sean engañados, ya que redes de telecomunicaciones nacionales no permiten velocidades superiores al 3G.

(Perú21)
(Perú21)

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) informó hoy que prohibió a las empresas operadoras que brindan servicios de acceso a Internet móvil y fijo inalámbrico, el uso del término 4G o cuarta generación para la comercialización de sus productos.

Explicó que su decisión se sustenta en la necesidad de asegurar la veracidad de la información que las empresas deben brindar a los usuarios respecto a las calidades, propiedades y características de los planes y productos que ofertan.

Ello según lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

Precisó que los pronunciamientos emitidos por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), órgano rector a nivel mundial en este campo, sobre las tecnologías superiores a las consideradas de 3G, involucran velocidades sustancialmente mayores a las que actualmente permiten las redes de telecomunicaciones de alcance nacional.

En ese sentido, las características de los servicios que ofrecen actualmente las operadoras de telefonía y de servicios inalámbricos fijos pueden inducir a error a los usuarios.

El Osiptel efectuará acciones de supervisión para verificar el cumplimiento estricto de esta obligación legal por parte de las empresas operadoras.


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