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JNE dejó al voto recurso extraordinario de Todos por el Perú por fallo sobre estatutos y tribunal electoral

Agrupación argumenta que la decisión electoral afecta los derechos a la “libre asociación” y a la “participación política”.

Julio Guzmán: Todos por el Perú expuso apelación ante el JNE contra fallo sobre tribunal electoral y estatutos. (Mario Zapata/Perú21)
Julio Guzmán: Todos por el Perú expuso apelación ante el JNE contra fallo sobre tribunal electoral y estatutos. (Mario Zapata/Perú21)

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó al voto este martes su decisión sobre el recurso extraordinario interpuesto por Todos por el Perú contra la resolución que declaró improcedente las modificaciones a sus estatutos internos y la inscripción de su tribunal electoral, que validó la candidatura presidencial de Julio Guzmán.

[Julio Guzmán: JEE aprueba su candidatura]

Durante la breve audiencia pública, la defensa de Todos por el Perú, encabezada por el abogado César Landa, defendió la legalidad de sus acuerdos partidarios, toda vez que la decisión electoral afectaría los derechos fundamentales a la libre asociación y a la participación política.

Incluso, aseguró que el acta del pasado 20 de enero —que convalida los acuerdos partidarios del 10 de octubre de 2015, cuando se hicieron los cambios a la normatividad interna de Todos por el Perú — consta en el acta de apertura del libro notarial respectivo.

“Sí se ha inscrito en registro de actas y está fedateado notarialmente, aun cuando no ha sido presentada”, manifestó el letrado, consta en el acta de apertura del libro notarial respectivo.

“Sí se ha inscrito en registro de actas y está fedateado notarialmente, aun cuando no ha sido presentada”, manifestó César Landa, citado por la agencia Andina. Aquí un video sobre su exposición en la audiencia:

Días atrás, Todos por el Perú señaló que el recurso extraordinario contra el fallo del JNE defiende la legalidad de sus acuerdos partidarios, argumentando que la decisión electoral afecta los derechos fundamentales a la “libre asociación” y a la “participación política”.

Sostiene que la resolución se basa “en una falta de fe o de confianza sobre la originalidad” del acta de la asamblea general extraordinaria del 20 de enero de 2016, que convalida los acuerdos del 10 de octubre del año pasado cuando se hicieron los cambios a sus normas internas.

En el documento —presentado el viernes 19— Todos por el Perú solicitó que se permita la exposición de su abogado, César Landa. Tras la audiencia, el JNE dejará al voto el recurso extraordinario y se estima emitiría su decisión final en dos días.

Además, el JNE informó mediante un comunicado que el JEE Lima Centro está evaluando solicitud de inscripción de la lista presidencial de Todos por el Perú.

“La decisión de este órgano electoral puede ser apelada y, en ese caso, será resuelta por el Pleno del JNE en segunda instancia”, resaltó el ente electoral.

Comunicado Jne by Dacia Ubillus

UN POCO DE HISTORIA
Entre las observaciones que realizó el JNE, en su resolución 093-2016 del martes pasado, figuran:

1) A la asamblea extraordinaria del 10 de octubre solo asistieron 5 de los 55 directivos inscritos, “por lo tanto se habría instalado sin el quórum”.

2) La convocatoria se remitió vía correo electrónico a 23 direcciones, de las cuales solo 6 se pueden determinar que pertenecen a directivos inscritos.

3) Los directivos inscritos eran 55 (tres de ellos fueron dados de baja y cinco están fallecidos)

4) Recién el 5 de febrero de 2016, 12 días hábiles después de la reunión y mediante el recurso de apelación, el personero de TPP señaló la existencia de una asamblea extraordinaria del 20 de enero, cuya acta “no genera convicción acerca de su realización.

OTRAS FECHAS PARA TENER EN CUENTA
El 18 de diciembre de 2015, el personero legal de TPP solicitó la modificación del símbolo y de los estatutos del partido.

El 29 de diciembre, el ROP comunicó una serie de observaciones y puso en conocimiento de ese grupo que no era posible inscribir la modificación porque ya se había convocado a las elecciones.

Advirtió que la nueva versión de los estatutos incluía modificaciones a la democracia interna, que no se pueden hacer una vez convocado el proceso.

Sobre el Tribunal Electoral, advierte que sus nuevos miembros fueron elegidos por un comité y en base a un estatuto, ambos no inscritos.

El 6 de enero el personero de TPP interpuso recurso de apelación, pero no levantó ninguna de las observaciones.

El 28 de enero, el ROP declaró improcedente la solicitud de TPP para modificar sus estatutos y la partida electrónica sobre la inscripción del nuevo Tribunal Electoral.


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