26.NOV Martes, 2024
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Ministerio del Interior: ‘Rifa y colecta de Waldo Ríos no están autorizadas’

La Onagi emplazó al electo presidente regional de Áncash y a sus seguidores a devolver el dinero recaudado en dichas actividades porque podrían ser procesados.

Rifa y colecta que promueve Waldo Ríos no están autorizadas por el Ministerio del Interior. (Perú21)
Rifa y colecta que promueve Waldo Ríos no están autorizadas por el Ministerio del Interior. (Perú21)

El Ministerio del Interior, a través de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (Onagi), aclaró que la rifa y la colecta pública que impulsa Waldo Ríos, presidente electo de Áncash, para pagar la reparación civil de S/.1 millón por una sentencia judicial, no cuentan con el permiso de las autoridades al no cumplir con los requisitos establecidos en la ley.

“De acuerdo a la normativa vigente, toda rifa, sorteo o colecta pública debe perseguir un fin social, condición que no cumple el partido Puro Áncash, además de observar los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos antes de obtenerse la autorización correspondiente, la cual en este caso no se ha otorgado para ninguna de las dos actividades antes mencionadas”, indica el comunicado.

A través de la rifa de un automóvil y una colecta denominada ‘Waldotón’, los seguidores de Waldo Ríos pretenden recaudar dinero para que este pague la reparación civil de una sentencia judicial que se le impuso por recibir US$10 mil de Vladimiro Montesinos para pasarse a la bancada fujimorista en el año 2000.

Al respecto, el Ministerio del Interior advirtió que el ganador del sorteo no podrá inscribir el vehículo en los Registros Públicos, ya que es un requisito que previamente se haya obtenido la autorización de la Onagi.

“En ese sentido, emplazamos a los organizadores a devolver inmediatamente el íntegro de las rifas vendidas y el dinero indebidamente obtenido en la colecta pública ‘Waldotón’”, se indica en el pronunciamiento.

La Oficina Nacional de Gobierno Interior anunció que, en resguardo de la fe pública y conforme a sus atribuciones, dará inicio a las acciones administrativas respectivas a fin de determinar las responsabilidades que correspondan, sin perjuicio de comunicar estos hechos al Poder Judicial, al Jurado Nacional de Elecciones y a la Procuraduría Pública competente.


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