Ricardo Monzón Kcomt
@rmk_04
Conforme se acercaba el día de la interpelación al ministro de Educación, Jaime Saavedra, varios actores del Gobierno señalaron como una posibilidad el hacer cuestión de confianza para comprometer a todo el gabinete ministerial, presidido por Fernando Zavala, con la permanencia del titular del Minedu en el Ejecutivo.
En buen cristiano, no descartaron decirle al Pleno del Congreso: “Si se va Jaime Saavedra, nos vamos todos”. ¿Pero realmente es posible utilizar este mecanismo en torno a la figura del ministro? Para el abogado constitucionalista Natale Amprimo, no.
No corresponde legalmente, pues no se ampara ni en el Reglamento del Congreso ni en la Constitución, plantear una cuestión de confianza en base a un funcionario. Según explica a Perú21, esta solo es viable si se comprometen políticas de gobierno.
“La cuestión de confianza que hace el presidente del Consejo de Ministros, y que puede significar la caída del gabinete, es para aprobar las políticas del gobierno o las medidas que el gobierno impulsa. Este mecanismo no es para frustrar la responsabilidad política que un ministro tiene”, asegura.
Natale Amprimo dice incluso que, en caso el pliego interpelatorio a Jaime Saavedra, el cual contiene 18 interrogantes sobre su gestión en los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos 2019 y la polémica compra de computadoras, hubiese contemplado interrogantes sobre la Ley Universitaria, que está comprendida en la reforma educativa del Gobierno, tampoco se hubiese podido hacer cuestión de confianza.
“El pliego interrogatorio no aborda la Ley Universitaria, que es una reforma educativa. Pero aun cuando lo contemplase, solo se podrá hacer cuestión de confianza a un proyecto que formule el gabinete sobre una ley. Es decir, en caso que el Ejecutivo formule un proyecto sobre la Ley Universitaria, por ejemplo, sí pueden hacer cuestión de confianza respecto a este proyecto”, señaló.
Por ello, sostiene que “fue una equivocación” del presidente Kuczynski el dejar entrever que el Ejecutivo estaba facultado para usar este mecanismo.
“La censura es una medida política, el Congreso no tiene que dar una explicación. Lo plantea luego de la interpelación y no menos del 25% de los parlamentarios deben suscribir el pedido de censura. Se vota entre el cuarto y décimo día natural luego de la presentación de la moción”, explicó Amprimo.
El abogado constitucionalista comenta también que, en caso se presentase un pedido para obligar Jaime Saavedra a renunciar a su cargo, el Ejecutivo podría mover al ministro a otra cartera. “Si es posible pero sería una jugada provocadora del Gobierno”, dice.
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