26.NOV Martes, 2024
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Indecopi multó a Tottus con S/.470,085 por redondear precios en perjuicio de clientes

El precio cobrado a los consumidores era superior al consignado para los productos adquiridos a granel.

Indecopi supervisó ocho locales de Tottus y verificó redondeo de precios en contra de consumidores. (Gestión)
Indecopi supervisó ocho locales de Tottus y verificó redondeo de precios en contra de consumidores. (Gestión)

El Indecopi informó este martes que la Comisión de Protección al Consumidor sancionó a la empresa Hipermercados Tottus con una multa de S/.470,085, tras haber comprobado que en algunos de sus establecimientos ubicados en Lima y el Callao realizaba el redondeo de los precios en perjuicio de sus clientes.

La Gerencia de Supervisión y Fiscalización del Indecopi realizó durante el procedimiento ocho supervisiones a distintos establecimientos comerciales de Tottus en los que se comprobó que el precio cobrado a los consumidores era superior al consignado para los productos adquiridos a granel.

En otras palabras, si en el pago total cumplían con el redondeo a favor de los clientes, no hacían lo mismo con el precio unitario.

De esta forma, Hipermercados Tottus infringió —en calidad de reincidente— el artículo 44° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que estipula, expresamente, que se encuentra prohibido que los proveedores redondeen los precios en perjuicio del consumidor, salvo que este manifieste expresamente su aceptación al momento de efectuar el pago del producto o servicio.

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“Esta multa podrá ser rebajada en un 25%, si es que el proveedor da por consentida dicha sanción y realiza la cancelación de la misma, en un plazo no mayor de 5 días hábiles luego de haber sido notificado”, dijo el Indecopi en un comunicado.

No obstante, añadió que la empresa podrá apelar la resolución ante el Tribunal del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.

Hace unos días, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó, en segunda instancia, la sanción impuesta a la empresa Eckerd Perú (Inkafarma) por haber efectuado la misma práctica en la ciudad de Chiclayo, sancionándola con una multa de 4 UIT.




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