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Jueces ordenarán embargos de cuentas bancarias mediante correo electrónico

Poder Judicial destacó que este nuevo sistema permitirá acortar tiempos y lograr una labor más eficiente, segura y transparente.

La resolución del Poder Judicial fue publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. (Difusión)
La resolución del Poder Judicial fue publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. (Difusión)

El Poder Judicial aprobó, mediante una resolución administrativa, una propuesta que permite a los jueces pasar del oficio escrito al correo electrónico cuando se trata de ordenar a un banco la retención de una cuenta que pertenece a una persona natural o jurídica denunciada por una deuda a pedido del denunciante.

El expresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima y actual titular de la Sala Comercial del PJ, Héctor Lama, explicó a la agencia Andina que este nuevo sistema permitirá acortar tiempos y lograr una labor más eficiente, segura y transparente.

“Actualmente, una orden del juez para trabar embargo en forma de retención a una cuenta bancaria de un denunciado por deuda se hace a través de un oficio que se envía al banco por una empresa de correos o, en su defecto, es entregada por el propio secretario de juzgado, pero en ese camino muchos ojos podrían ver esos documentos y alertar al denunciado para que cancele sus cuentas”, señaló.

El magistrado destacó también que los tiempos se reducirán notablemente, pues mientras ahora la notificación por documento físico puede tardar una semana o, en el mejor de los casos, tres días, mediante el procedimiento electrónico es solo cosa de unos minutos.

No obstante, dijo, habrá que esperar un tiempo para permitir que los sistemas informáticos del Poder Judicial y de los bancos se compatibilicen.

Inicialmente, esta propuesta está pensada para aplicarse en procesos civiles por deudas dinerarias pero, en opinión de Héctor Lama, luego podría aplicarse al ámbito penal, en el caso de que los denunciados deban pagar reparaciones civiles.

Lama More indicó que este procedimiento electrónico ya está contemplado en el Código Procesal Penal desde hace buen tiempo, pero al no haberse implementado a la fecha, el Poder Judicial tomó la iniciativa a través esta propuesta elaborada por su Gerencia de Proyectos.


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