Víctor García Toma
Exministro de Justicia
Este hábeas corpus debió rechazarse por la figura legal de sustracción de la materia. Lo que quiero decir es que el magistrado no debió pronunciarse por una supuesta afectación al tránsito de las personas, pues esto –supuestamente– afectaba a los comerciantes que ocupaban antes el mercado de La Parada. El magistrado no ha tenido en cuenta que no se puede volver todo a su estado anterior. Además, un juez constitucional debe defender los derechos fundamentales y por ello ponderar las consecuencias que va a generar su decisión. Sin embargo, esto tampoco ha sido tomado en cuenta, pues la resolución es una invitación a que el caos y el desorden vuelvan a este mercado de abastos de La Victoria.
En pocas palabras, no se puede tapar un hueco para abrir uno más grande. Por otro lado, es totalmente absurdo que un magistrado constitucional declare la nulidad de ordenanzas municipales. Y menos que lo haga cuando no fue requerido para ello. Todo esto hace que este fallo sea desmedido, que esperamos sea revertido cuanto antes.
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