Fabiana Sánchez
fsanchez@peru21.com
Si tiene un familiar que pertenece a la tercera edad y está incapacitado física o mentalmente, usted puede solicitar la protección de los bienes de dicha persona.
El primer paso es reunir a sus consanguíneos y crear un consejo familiar en el cual se discutirá quién administrará las propiedades y quién velará por su salud.
El director del portal www.abogadodefamilia.pe, Ernesto Martínez, explica que si estas personas no se ponen de acuerdo, pueden solicitar la intervención del juzgado de familia del distrito correspondiente.
“Se convocará a todos los involucrados y será el juez quien elegirá al tutor (curador)”, detalla.
EN DESACUERDO
El experto comenta que hay casos en los que los ancianos no están de acuerdo con que otra persona se encargue de sus bienes.
“El juez hablará con el adulto mayor y determinará si necesita un curador o si está en facultades de manejar sus bienes”, indica.
CINCO CONSEJOS
1. Papel
Es importante que se presente ante el juez un certificado médico de la incapacidad del adulto mayor.
2. Cita
El juez pedirá que el médico que emitió el certificado declare.
3. Nulo
Cuando se otorga la protección, cualquier acto que celebre el anciano será nulo.
4. Opción
Si el anciano está en pleno uso de sus facultades, puede nombrar a su curador vía escritura pública.
5. Otro
El trámite puede ser aplicado para otras personas que tengan alguna incapacidad física o mental.
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