Alvaro Reyes
@alvaroreyesq
Para el ex procurador anticorrupción Christian Salas, el próximo paso está claro: luego de que Marcelo Odebrecht ratificara que aportó US$3 millones a la campaña presidencial de Ollanta Humala, la Fiscalía debe solicitar la prisión de este y la de su esposa, Nadine Heredia.
¿Qué implica que Marcelo Odebrecht haya confirmado la entrega de US$3 millones al Partido Nacionalista, esta vez a un fiscal peruano?
-Ratifica un indicio incriminatorio que servirá de sustento para la hipótesis de la Fiscalía en relación a dos temas: corrupción (coima maquillada) y lavado de dinero (recepción de dinero ilícito), claro está, en tanto pueda corroborarse con otros medios de prueba.
Aunque no ha sido confirmado, el dinero habría provenido del Departamento de Operaciones Estructuradas (el área de las coimas) de Odebrecht. De ser cierto, ¿cómo complicaría ello a Humala y a Heredia?
-De corroborarse, el caso alcanzaría un nivel de probanza mayor, pues significaría que el dinero recibido por los Humala-Heredia sería ilícito, toda vez que a estas alturas está probado que dicho Departamento era una oficina encargada exclusivamente de administrar dinero ilícito con fines criminales.
¿La ex pareja presidencial puede alegar que no conocía la procedencia del dinero?
-Puede decirlo. No obstante, resultaría poco creíble de valorarse en su conjunto (si se prueba) el modus operandi de Odebrecht en otros países (coimas bajo apariencia de financiamiento de campaña); además de que el dinero haya salido del Departamento de coimas de la empresa, está el hecho de no declararlo y la forma en que fue recibido y administrado. En ese contexto, todo apuntaría a una inferencia lógica de ocultamiento, procedimiento que no se realiza cuando se trata de dinero lícito.
Suponiendo que Humala y Heredia hayan usado parte de los US$3 millones para la campaña y el resto del dinero lo guardaron, ¿ello configura algún delito?
-Depende. Podría configurarse un delito de corrupción si se prueba que el dinero fue una ‘coima adelantada’, en cuyo caso los fines de empleo del dinero son totalmente irrelevantes; y/o podría configurarse de lavado de activos si se acredita que conocían o pudieron conocer su origen ilícito, en cuyo caso su uso posterior podría ser un acto de transferencia, conversión u ocultamiento.
¿Humala y Heredia pueden haber incurrido en lavado de activos así hayan declarado el aporte de Odebrecht ante la ONPE?
-Efectivamente, en ese supuesto, la declaración total o parcial de ese dinero podría incluso ser considerada como una forma de “legitimar” dinero que se sabe ilícito.
¿La investigación fiscal terminaría al confirmarse si hubo lavado de activos al recibir el aporte o tras aclararse si ese dinero se abonó a cambio de algún favor?
-La investigación concluirá indefectiblemente al vencimiento del plazo legal. La Fiscalía tiene que probar hechos e individualizar responsabilidades y recién ahí acusará y llevará el caso a juicio. De no lograrlo, podría solicitar el sobreseimiento.
El congresista Mauricio Mulder consideró que la justicia peruana debe ordenar la prisión preventiva de Humala y de Heredia. ¿Es viable con la información que se tiene hasta ahora?
-Estoy de acuerdo. A mi criterio legal, en este caso se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 268 del Código Procesal Penal y, por tanto, procede dicha medida.
Pese a que Humala y Heredia han negado haber recibido aportes de Odebrecht, ¿considera que en el discurso de defensa de ambos hay alguna cautela o estrategia?
-Jurídicamente, en casos como estos, primero se evalúa el conjunto de datos que incriminan al cliente, se analiza la información existente en otros procesos, incluidos los del extranjero y, a partir de ahí, se diseña la estrategia de defensa con prudencia. El tiempo apremia a la Fiscalía, no a la defensa.
¿A cuántos años de prisión se enfrentarían Humala y Heredia de confirmarse que incurrieron en el delito de lavado de activos?
-En el escenario más duro, y considerando los delitos por los cuales se les procesa y por los diversos criterios para la aplicación de la pena, calculo que a unos 20 años de cárcel, aproximadamente.
Según la congresista Rosa Bartra, Rocío Calderón (amiga de Heredia) habría confirmado que el nacionalismo recibió aportes de una empresa venezolana para conformar el partido entre 2005 y 2006. ¿Habría alguna falta en ese acto?
-Ese dato sería incriminatorio si se prueba que dicho dinero habría provenido del erario venezolano, pues el delito fuente sería un acto de peculado en dicho país. En cambio, si solo es dinero privado lícito, tendría que evaluarse si hubo alguna afectación de índole tributaria.
¿Qué le queda a Humala y a Heredia ahora que se conocen más detalles de sus vínculos con Odebrecht?
-Jurídicamente, les queda esperar y buscar hallar la mejor forma de defenderse. Políticamente, hace mucho que murieron.
Autoficha
- “Fui procurador anticorrupción. Durante mi gestión en la procuraduría, se reactivó la lucha contra este flagelo a nivel regional y local en el Perú. Soy abogado y consultor en temas anticorrupción y lavado de activos. Soy un convencido de que el país debe y puede mejorar”.
- “Tratándose de presuntos delitos de corrupción y lavado de activos, la suma de dinero es irrelevante. El reproche de la conducta no radica en el monto, sino en el acto de quebrantar deberes funcionales y de afectar el sistema económico”.
- “Como abogado, tengo claro que cuando el material probatorio rebasa la presunción de inocencia y no hay vicios de nulidad, lo más recomendable es la confesión; no obstante, en este caso entiendo que la defensa sigue una estrategia y más adelante veremos si fue o no la correcta”.
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