23.NOV Sábado, 2024
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Opinión

Nuevamente, el Código Penal, en el artículo 200, señala lo siguiente: “El que mediante violencia o amenaza toma locales, obstaculiza vías de comunicación o impide el libre tránsito de la ciudadanía o perturba el normal funcionamiento de los servicios públicos o la ejecución de obras legalmente autorizadas, con el objeto de obtener de las autoridades cualquier beneficio o ventaja económica indebida u otra ventaja de cualquier otra índole, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años”.

La semana pasada, ciudadanos de La Oroya tomaron durante unos días la Carretera Central, que es la principal vía de ingreso de alimentos a la capital. En el enfrentamiento suscitado con la Policía hubo un muerto y más de 60 heridos. ¿Qué querían estos manifestantes? Actividad minera.

Para desbloquear la carretera tomada por los protestantes, se formó un comité técnico de trabajo, presidido por la ministra Ortiz, para lograr encontrar mecanismos de solución al problema, serio problema, ya que nadie quiere comprar los activos de la empresa, entre otros motivos, porque se exigen estándares ambientales demasiado elevados, no vistos en ningún otro lugar del mundo.

Ya hace unos años vemos cómo tomar las carreteras resulta efectivo para un grupo de personas que quieren imponer una agenda. En esta oportunidad, a diferencia de Tía María, Conga o Pichanaki, los manifestantes no fueron antimineros, sino promineros. Exigían que el Estado intervenga para que las actividades de la minera en La Oroya, probablemente una de las cinco ciudades más contaminadas del planeta, continúen.

El conflicto ya se veía venir, pero una vez más se esperó a que llegue la crisis para recién actuar en ese momento. Ya se ha dicho lo que es obvio: el gobierno debe anticiparse y debe hacer que la ley se cumpla. Incluido ese artículo 200 que nadie parece ya conocer.

Eduardo Ferreyros
eduardoferreyros@gmail.com


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