El Decreto Legislativo 1323, expedido por el Poder Ejecutivo al amparo de las facultades delegadas, marca un hito en la lucha por el reconocimiento y protección de derechos de la comunidad LGTBI al hacer explícita la prohibición de cometer actos de discriminación por orientación sexual o identidad de género y penalizándolos con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de tres años. Adicionalmente, se considerará agravante de la sanción penal si un delito es ejecutado bajo el móvil de intolerancia o discriminación por los mencionados aspectos.
Esta norma, que esperemos no sea observada por el Congreso, ha exaltado los ánimos de sectores conservadores que han pretendido que su discurso homofóbico y de odio sea considerado el ejercicio válido de su libertad de expresión.
Casi literalmente expresan su deseo de que se respete su derecho a discriminar lo que simplemente no les gusta y consideran esta norma una persecución a los que piensan distinto. Qué penita, ¿no?
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