La interpelación a la ministra de Educación, Marilú Martens , parece inminente, pero ¿sabe usted como funciona este proceso?
De acuerdo con el artículo 83 del Congreso de la República, el pedido de interpelación se realice mediante una moción de orden del día, firmada por no menos del 15% del número legal de parlamentarios y debe estar acompañada por las preguntas que se harán.
Esta moción tiene preferencia ante cualquier otra, y para que se admita, se requiere de al menos el voto de un tercio de los legisladores hábiles.
En el Pleno del Congreso se acuerda el día y la hora que el ministro conteste las preguntas, las cuales serán enviadas, junto con un comunicado, con anticipación.
“La interpelación no puede realizarse, en ningún caso, antes del tercer día siguiente a la votación, ni después del décimo. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial”, indica el referido artículo.
Cabe precisar que, el artículo 86 refiere que después de la interpelación, los congresistas pueden presentar una moción de censura. Esta la deben presentar no menos del 25% del número legal de legisladores.
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— Diario Perú21 (@peru21noticias) 17 de agosto de 2017
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