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Novak: A Martín Belaunde Lossio no se le debe aplicar plazo de 30 días

Abogado especialista en Derecho Internacional opinó sobre el caso del prófugo, cuyo pedido de refugio fue rechazado definitivamente por la Conare.

A Martín Belaunde Lossio no se le debe aplicar plazo de 30 días, según Fabián Novak, abogado especialista en Derecho Internacional. (USI)
A Martín Belaunde Lossio no se le debe aplicar plazo de 30 días, según Fabián Novak, abogado especialista en Derecho Internacional. (USI)

Luego de que la Comisión Nacional del Refugiado (Conare) de Bolivia rechazara en segunda y definitiva instancia el pedido de refugio de Martín Belaunde Lossio, el ministro de Gobierno boliviano, Hugo Moldiz, señaló que este tiene 30 días para regular su situación migratoria o salir del país.

El artículo 38 del reglamento de la ley 251 de Protección a Personas Refugiadas de Bolivia, en el que se basa Moldiz, señala lo siguiente:

“V. Si la resolución de la Conare, fuera confirmada por la Comisión de Impugnación se otorgará a la persona extranjera un plazo de treinta (30) días calendario para abandonar el país o la posibilidad de regularizar su situación migratoria, a través de la Dirección General de Migración”.

[“Belaunde Lossio ingresó de manera ilegal a Bolivia”, aclaró embajador]

Sin embargo, Fabián Novak, abogado especialista en Derecho Internacional, señaló que esta norma debe ser interpretada para casos de personas que no están siendo requeridas por la justicia. No es el caso de Belaunde Lossio, quien es reclamado por los tribunales peruanos por delitos comunes y tiene una orden de captura internacional vigente emitida por la Interpol.

ANTECEDENTES
En declaraciones a Perú21, Novak agregó que existen precedentes que deben tenerse en cuenta. En situaciones similares, ciudadanos bolivianos fueron expulsados por el Estado Peruano hacia el país altiplánico. “Esto debería llevar a una reciprocidad por parte de las autoridades de Bolivia en el sentido de ejecutar la misma acción, es decir la expulsión inmediata de Belaunde Lossio”, señaló.

En 2010, Guillermo Fotún, ex ministro del Interior de Bolivia, fue acusado de malversar fondos destinados a seguridad nacional. Al igual que Martín Belaunde Lossio, Fotún se declaró como “perseguido político” y era buscado por la Interpol. En ese entonces, el Estado peruano rechazó su pedido de asilo político y lo expulsó para que responda ante la justicia boliviana. Sin embargo, antes que fuere condenado, falleció en 2012.

Del mismo modo, en agosto del 2010, el ex funcionario boliviano Luis Alberto Valle, quien también tenía cargos por malversación de fondos públicos, fue expulsado de territorio peruano debido a que había ingresado de manera ilegal. También existía sobre él una orden internacional de captura emitida por la Interpol.

[Martín Belaunde Lossio: ¿Qué ocurrirá ahora con el detenido?]

Estos dos casos, según Novak, son suficientes para exigir a Bolivia el mismo tratamiento en temas de expulsión y cooperación en lucha contra la corrupción. La expulsión es un procedimiento administrativo, y no judicial. Lo decide la Dirección General de Migración de Bolivia y debería proceder de manera inmediata.

Por Josefina Miró Quesada



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