El Tribunal Constitucional (TC) desestimó la demanda de hábeas corpus interpuesta por el excongresista José Anaya Oropeza, en la que solicitaba la nulidad de su condena por delito de peculado y falsificación de documentos y que se realice un nuevo juicio oral.
El tristemente célebre ‘Comepollo’ alegaba, entre otros argumentos, que los términos de la acusación constitucional formulada por el Congreso no habían sido respetados por el Poder Judicial.
La sentencia del TC se basa en un criterio jurisprudencial por una sentencia en la que se consideró que el artículo 100º de la Constitución –que establece que en los casos de antejuicio político la denuncia del Ministerio Público y la subsecuente apertura de instrucción por el juez supremo no pueden alterar los términos de la resolución del Congreso– debe ser compatibilizado con los principios de autonomía e independencia del Ministerio Público y el Poder Judicial.
En tal sentido, el TC concluyó que si bien el Poder Judicial y el Ministerio Público deben basarse en los hechos materia de la resolución del Congreso, pueden recalificar jurídicamente los mismos.
Anaya fue condenado a cinco años de prisión por haber falsificado documentos para sustentar sus gastos operativos ante el Parlamento, para lo cual presentó facturas con montos exorbitantes en el consumo de pollo a la brasa, entre otros.
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