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Ex funcionarios del Callao buscan evitar sanción con hábeas corpus

La Contraloría General informó que pretenden evadir sanción con recurso del Juzgado de Paz de Piura.

Ex funcionarios habrían simulado una capacitación docente que originó un perjuicio al Estado de S/6 millones (Difusión).
Ex funcionarios habrían simulado una capacitación docente que originó un perjuicio al Estado de S/6 millones (Difusión).

Buscan eludir la acción de la justicia. Según informó la Contraloría General de la República a través de una nota de prensa, nueve ex funcionarios del Gobierno Regional del Callao pretenden evadir una sanción administrativa valiéndose de un hábeas corpus del Juzgado de Paz Letrado con Funciones de Investigación Preparatoria de Los Órganos, de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en Piura.

Los involucrados, que fueron sancionados con entre 4 a 5 años de inhabilitación para laborar en el Estado por haber simulado una capacitación docente, lo que originó un perjuicio de S/6 millones en los años 2011 y 2012, habían apelado ante el Tribunal Superior de Responsabilidad Administrativas de la Contraloría General, la cual realizará hoy una audiencia.

A pesar de ello, Luis José Calderón Vargas, el ex gerente de Asesoría Jurídica del CAFED (Comité de Administración del Fondo Educativo del Callao), entidad del gobierno regional que autorizó a través de estos ex funcionarios la capacitación docente, presentó la demanda contra el proceso administrativo sancionador de la Contraloría.

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Según añade la Contraloría en la nota de prensa, el caso fue atendido por el juez Juan José Albán Parra, quien en la sentencia de primera instancia anuló todo el proceso. “Con ello, no solo estaría liberando de la sanción al demandante sino que extendió el hábeas corpus a favor de otros ocho ex funcionarios regionales implicados en el caso, sin que lo hayan solicitado ni interpuesto acción o tutela jurisdiccional”, sostienen.

Finalmente, indican que “para la Contraloría General, esta decisión judicial afecta sus competencias y autonomía establecidas en el artículo 82° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 29622, y las facultades otorgadas al Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas”.

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